Actualización medidas COVID en la Comunidad Valenciana
Resolución 22 de diciembre de 2021, Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública
Odoo • Imagen y texto

El 22 de diciembre de 2021 se publicó en el DOGV la nueva Resolución de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, a través de la cual se prorroga y amplía la Resolución del 25 de noviembre de 2021, en la cual se acuerdan medidas en materia de salud pública a cerca del acceso a determinados establecimientos en la Comunidad Valenciana, a consecuencia de la ya conocida crisis sanitaria COVID-19.


Esta resolución prorroga las siguientes medidas hasta el próximo 31 de enero de 2022:


Se suprime el mínimo de cincuenta personas de aforo respecto del acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de modo que el Pasaporte COVID o Certificado Digital, se exigirá siempre en los establecimientos que ordena la Resolución.

 

Ampliación de los espacios de exigencia de la presentación del certificado Pasaporte COVID o Certificado Digital de la Comunitat Valenciana, para mayores de doce años, incluida esta edad, a los siguientes espacios:

 

a) Lugares cerrados y abiertos donde se preste servicio de comida o bebida, por empresa de negocio (catering, self-service...) o por empresa de hostelería y restauración que preste este tipo de servicio.

 

b) Cines, salas multifuncionales, circos y sedes festeras, donde se preste durante el desarrollo de la actuación, actividad o uso del local, servicio de comida o bebida por establecimiento de hostelería y restauración, por empresa de negocio (catering, self-service....), por medios de la propia organización, o se consuma comida o bebida aportados por las propias personas.

 

c) Festivales de música que se celebren en espacios cerrados y en espacios al aire libre donde no sea factible el uso de mascarilla de forma permanente.

 

d) Espacios con servicio de restauración ubicados en alojamientos turísticos, instalaciones deportivas y centros especializados de Atención a Mayores (CEAM), centros integrales de Mayores (CIM) y centros asimilados como clubes de convivencia para personas mayores y similares.

 

e) Gimnasios donde es necesario el uso permanente de la mascarilla y piscinas cubiertas.

Eventos deportivos: se estará a la ordenación prevista en las resoluciones vigentes dictadas por la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública en materia de salud pública.

 

Estas condiciones y resolución entran en vigor el 24 de diciembre de 2021.




Compartir
Archivar
Vigilancia de la salud en el trabajo durante el embarazo y la lactancia
Embarazo y trabajo no están reñidos