Protocolo de desconexión digital

El protocolo de desconexión digital es un documento que recoge la política interna de la empresa así como las medidas que garanticen el derecho a la desconexión digital de todos sus empleados. Este protocolo establecerá que, fuera del horario laboral establecido en la empresa, ningún empleado tendrá la obligación atender ningún tipo de comunicación de la empresa. 

¿Quién está obligado a tenerlo?

Todas las empresas están obligadas a tener un protocolo de desconexión digital, con independencia de su tamaño y actividad, que recoja las medidas que garanticen el respeto del tiempo de descanso, permisos, vacaciones, así de la intimidad personal y familiar de todos sus empleados.  

La obligatoriedad del protocolo no incluye la obligatoriedad de cumplimiento del mismo por parte de los empleados pero sí es obligatorio difundirlo entre toda la plantilla de la empresa para concienciar de la importancia de la desconexión. 


¿Quién obliga?

Ley 31/1995 de 8 de noviembre, aunque no menciona explícitamente la desconexión digital, obliga  a las empresas a proteger la salud y seguridad de los trabajadores incluyendo los riesgos psicosociales derivados del uso excesivo de herramientas digitales.

Ley 10/2021 de 9 de julio de trabajo a distancia. Refuerza la obligatoriedad de garantizar la desconexión digital especialmente en contextos de trabajo a distancia.

El art. 88 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitaleses quién recoge el derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral por el que todos los trabajadores y los empleados públicos tienen derecho a la desconexión digital con el fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

También el artículo 20 bis del Estatuto de los trabajadores así como el artículo 18 de la Ley del Trabajo a Distancia son relevantes en materia de desconexión digital..

Elaboración del protocolo (fases y etapas)

1

Análisis

El primer paso es hacer un análisis previo de la situación de la empresa en cuanto a la jornada laboral y gestión de las comunicaciones en la misma (calendario laboral, festividades, permisos, registros de jornada, etc.).

2

Negociación 

Como así se desprende de la normativa, este protocolo debe hacerse previa consulta con la representación legal de los trabajadores y aunque no se establece la obligatoriedad de acuerdo entre la empresa y la RLT, si es recomendable.

3

Medidas

Se establecerán las medidas encaminadas a facilitar y garantizar la desconexión digital de los empleados.

4

Excepciones

Se recogerán las excepciones acordadas y firmadas con la empresa sobre la disponibilidad de los empleados, si es que las hubiera.

5

Comunicación

Terminada la elaboración del protocolo, se difundirá entre todos los trabajadores (incluidos directivos) por el medio que se considere más oportuno. . 

6

Seguimiento

Como en cualquier plan o protocolo, es recomendable un seguimiento de las medidas y una evaluación de las mismas con el fin de adaptarse progresivamente  a las realidades y necesidades de los empleados. 

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