Inspección de Trabajo pide a las empresas que intensifiquen la prevención para garantizar la seguridad y la salud ante las altas temperaturas
La Inspección recuerda que el incumplimiento puede ocasionar sanciones graves o muy graves

La Inspección de Trabajo ha remitido un comunicado a las empresas para recordarles la obligatoriedad de adoptar medidas de prevención que garanticen la seguridad y salud de las personas trabajadoras ante la llegada inminente de las altas temperaturas a todo el país.

Según el R.D. Ley 4/2023 de 11 de mayo, todas las personas que están expuestas a condiciones laborales al aire libre deben disponer del reconocimiento médico en vigor para identificar y evaluar posibles riesgos para su salud derivadas de las altas temperaturas, las condiciones de trabajo y las características personales o estado biológico conocido; y adoptar las medidas necesarias para protegerlas.

Con la llegada del periodo estival se acrecientan los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras derivados de la exposición a temperaturas elevadas, como consecuencia fundamentalmente de la prestación de servicios al aire libre o en entornos laborales calurosos, que suponen un incremento del estrés térmico con consecuencias adversas para la salud y que, en situaciones extremas, pueden causar la muerte.

Estos riesgos se están viendo claramente incrementados con la intensificación de los cambios en el clima, que se están produciendo tanto a nivel global como particularmente en España.

Las personas sensibles a altas temperaturas son aquellas que pueden experimentar una mayor susceptibilidad o vulnerabilidad a los efectos del calor excesivo. Estas personas pueden tener dificultades para regular su temperatura corporal y enfrentar riesgos cuando se exponen a condiciones de calor extremo. Algunos grupos de personas que pueden ser más sensibles a altas temperaturas incluyen:

  • Personas mayores de 60 años.
  • Personas con enfermedades crónicas: cardíacas, respiratorias, diabetes, ...
  • Personas con obesidad.
  • Personas que toman ciertos medicamentos como antidiabéticos, antihipertensivos, antidepresivos, tiroides, ...

La Inspección advierte que el incumplimiento del deber de protección de las personas trabajadoras, en relación con estos riesgos específicos y en sus diferentes manifestaciones, puede ser constitutivo de infracción grave o muy grave en materia de seguridad y salud, tipificadas en los artículos 12 y 13, respectivamente, del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y sancionables con la correspondiente multa de 2.451€ a 49.180€ para las infracciones graves y de 49.181€ a 983.736€ para las muy graves.

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su página web, ha habilitado un espacio específico referido al golpe de calor, Espacio del INSST sobre el trabajo a la intemperie, con diversos carteles, folletos informativos y demás documentación al respecto, que puede resultar de utilidad a la hora de dar cumplimiento a estas obligaciones


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